¿Le han dado el alta médica y no está de acuerdo?
Los plazos para impugnar un alta son muy cortos. Cuéntenos su caso y le decimos si el alta es médicamente correcta y qué puede hacer.
Plazos que debe conocer
Plazo para presentar la disconformidad ante la Inspección Médica.
Plazo para la reclamación previa frente al alta médica ante el INSS (distinto del plazo para recurrir una denegación de incapacidad permanente).
Mismo plazo que el alta del INSS al tratarse de contingencia profesional.
¿Qué revisamos en la consulta gratuita?
- Si el alta se ajusta a su estado clínico real o fue prematura
- Si persisten limitaciones funcionales que impiden su reincorporación
- Si la evolución de su patología justifica continuar de baja
- Qué vía de impugnación le corresponde según quién emitió el alta
- Si el plazo para impugnar sigue abierto en su caso
Ver nuestro servicio de incapacidad laboral e impugnación de altas
Preguntas frecuentes
¿Merece la pena impugnar un alta médica?
En la mayoría de casos en los que persisten síntomas o limitaciones objetivables, sí. Si el alta era prematura y se reincorpora sin estar realmente recuperado, puede sufrir una recaída que perjudique tanto su salud como su situación laboral.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el alta?
Depende de quién la emita: 4 días hábiles si es del Servicio Público de Salud (disconformidad ante la Inspección Médica) y 11 días hábiles si es del INSS o de la Mutua (reclamación previa frente al alta). Son plazos muy cortos y distintos del plazo de 30 días para recurrir una denegación de incapacidad permanente: conviene actuar el mismo día que recibe la notificación.
¿Qué pasa si dejo pasar el plazo sin impugnar?
El alta deviene firme y debe reincorporarse a su puesto de trabajo. Si posteriormente su estado empeora, podría solicitar una nueva baja a su médico de cabecera, pero habrá perdido la vía de impugnación directa del alta original.
¿Necesito ya un informe pericial o basta con la revisión gratuita?
La revisión gratuita solo valora si su caso tiene fundamento médico para impugnar; no sustituye al informe pericial, que es el documento que se presenta ante la Inspección Médica, el INSS o el Juzgado de lo Social. Si la revisión es favorable, le presupuestamos el informe antes de empezar.
Cuéntenos su caso
La valoración es gratuita y sin compromiso. Analizamos su documentación y le decimos con honestidad si un informe pericial puede ayudarle.
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